Taller 'Análisis Crítico de la Ley Hinzpeter'

Taller orientado a socializar la discusión crítica sobre las principales modificaciones propuestas por este proyecto de ley. Si te interesa contar con el taller en tu colegio o facultad, ¡contáctanos!

Congreso de la Universidad Pública del siglo XXI

En el marco de la celebración de los 170 años de la Universidad de Chile, la FECH te invita a ser partícipe en la discusión del significado de una Universidad Pública para el Chile actual. El Congreso se llevará a cabo los días 1, 2 y 3 de octubre, ¡participa!

IV Campaña Recolección Apuntes y Separatas

La etapa de recolección se extenderá hasta el viernes 14 de septiembre en el CED. La adquisición de material se llevará a cabo el día lunes 24 de septiembre en el patio de la facultad. ¡Te esperamos!

Actuar Colectivo Derecho.

Actuar Colectivo es la agrupación política que sostiene Info Derecho como una plataforma informativa y crítica para la Escuela y la sociedad. ¡Conócenos!

domingo, 14 de octubre de 2012

Acta Consejo de Presidentes 12/10



Consejo de presidentes Viernes 12.

Discusión de la respuesta de Bayer.

Inap: Asamblea insuficiente para tener posicion
Vetera: Lo mismo, sin embargo igual se discutió
CEI: Lo mismo, solo temas internos.
Recursos: Lo mismo, muy poca gente, principalmente temas internos. Acreditación.
Forestal: Lo mismo, sin embargo se discutió respecto a las temáticas internas
Artes: No discutió.
Derecho: Asamblea el jueves con +-80 personas, hay que rechazar la carta de bayer, Se resolvió mandarle una carta al MIEDUC diciendo que no hay convergencia respecto a lo estructural, lo de la superintendencia es muy vago así que es insuficiente.

CEPLE (centro de estudios de proyectos de ley (derecho)) va tener un informe respecto a democratizacion que pronto tendrán un informe que presentarán al pleno. Además de otro de superintendencia. (mucho mas grande que el del democratizacion)

Presupuesto: obtener financiamiento para la intituciones, no por la via de becas ni aportes indirectos, deberiamos hacer una alianza con los rectores para avanzar como ellos han manifestado, uniendo este trabajo con la nueva forma de calculo del arancel de referencia (entendiendo de que solo sirve para dar becas incompletas), confech debe pronunciarse al respecto

Salir de la logica del subcidio a la demanda respecto a los metodos actuales de financiamiento respecto a:
Aporte fiscal directo: se logro aumentarlo en un 5% anual desde el 2011,sin embargo desde el CRUCH se cree que la forma de repartirlo es inequitativa, pero hay desacuerdo desde el CRUCh sobre como debiese repartirse.
Fondo de desarrollo institucion: el 60% es para el CRUCh y lo otro para privadas, actualmente, pero para el 2013 va a aumentar  para las privadas y disminuir para el .
 Se divide en 2 items, el primero es para proyectos de desarrollo, osea gasto corriente, y segundo gasto para infraestructuras, cabe recalcar que este fondo es por concursos.


Aporrte basal por desempeño: creado el año pasado.Sólo para el CRUCH, este año aumenta en 47%. Estas platas nunca se han repartido porque no se ha definido el criterio, las Ues regionales están proponiendo una forma que sea más equitativo que el AFD (y así ser algún contrapeso). La propuesta del gobierno es distinguir las Ues por investigación en 3 niveles (Mucha investigación, algo, y Ues docentes). Aqui no es como el FDI, la Universidad decide como utilizar esta plata.
FECRUch: Fondo de fortalecimiento para el CRUCH, se mantuvo.
FER: Fondo especial para educación regional.

En las conversas con el CRUCH, se intenta frenar el cambio en la repartija del FDI y que aumente el ABD sujeto a aumento de matrícula de las Ues estatales. Aumento de AFD se ve más difícil pero se peleará. También que el FDI y el ABD sean ley, es decir, permanentes. El 22 de octubre están invitados los actores del mundo de la educación en el Congreso al respecto.

Cuadro resumen:
$M
2012
2013
Delta
AFD
173.029
181.681
5%
FDI cruch
FDI Pm
23.438
8.058
16.090
10.726
-31%
+33.1%
ABD
12.142
17.863
47.1%
FCRUCh
5.289
5.289
0%
FER
3.173 (gasto corriente)
2.115 (infraestrucura)
3.795
3.173
23%
            Fuente: Gabriel


Respecto a las becas BMES y BAES, se pedirá que suban de acuerdo al IPC acumulado, lo que daría aprox $20.000 para BMES, y al IPC de canasta alimentaria, daría aproximadamente $2.000.


Ciencias: Se habló poco, fue casi totalmente informativa, hablar con el ministro es una perdida de tiempo, llaman a movilizarse por las becas.

Rechazo a la carta en su totalidad ya que no es un avance en temas estructurales, tomando en cuenta que se sigue fomentando la educacion como parte del mercado. De ninguna manera las becas y democratizacion representan un avance para el movimiento.

Varios:

Bienestar informa que la secretaría elaborará una política para morosidad para presentarla al pleno y luego al cosejo univerisitario.

martes, 9 de octubre de 2012

Apuntes CONFECH 06/10.


Apuntes enviados por Felipe Ramírez y Camila Vallejo.


1. Proyecciones: 
Respecto a la carta de Beyer, si bien la mayoría de las federaciones que discutieron dijeron que rechazaban, que era insuficiente o que era más de lo mismo, no se quiso emitir el sábado ninguna declaración que respondiese a la carta y se definió que se realizaría un CONFECH extraordinario el sábado 13 en la Adolfo Ibáñez para que en la semana se recogiesen más elementos de los plenos. Así mismo, sobre nuestra posición con respecto al presupuesto no tuvo muchos avances dado que la minuta del CRUCH no alcanzó a discutirse en los plenos, por lo mismo será tb punto de la tabla del CONFECH extraordinario.
De todas formas se señala que la marcha del 11, que debe ser de carácter nacional, tiene que enfatizar las demandas políticas en torno al presupuesto. Para pulir un poco más esto se hará una reunión mañana con las organizaciones sociales convocantes y se preparará una conferencia de prensa el miércoles.

2. Modificación Reglamento de Sala:
Se propone la siguiente modificación (pueden llegar más propuestas):
"Sobre las votaciones generales en plenaria CONFEChSe definirá postura de la plenaria CONFECh mediante mayoría simple de los presentes (salvo en los casos especificados en el reglamento).
Las abstenciones, no obstante, solo se considerarán en los caso en que estas sean mayoría absoluta. Es decir, superen el 50% de los votos válidamente emitidos. En estos casos se repetirá la votación en la siguiente sesión ordinaria a menos que se indique de otro modo."

3. Municipales:
Se decidió que era difícil llegar a una posición de consenso debido a que las pocas federaciones que habían zanjado posición (como 4) tenían posturas contrarias. Debido a esto se definió que las vocerías de la mesa ejecutiva sólo se referirán a la crítica existente a la institucionalidad (Constitución Política ppal%), debido a que es el gran consenso posible. Más allá de eso, las dirigencias quedan en libertad de acción según sean las definiciones de sus plenos, explicando que son posiciones particulares y no de la CONFECH como totalidad.


4. Ley Hinzpetter:
Dado el carácter de urgencia q tiene nuevamente la Ley, se resuelve:
- retomar los insumos de información q se han elaborado para la difusión y reposicionamiento del tema
- Instalar en el discurso el problema de fondo, que es la institucionalización de la violencia, o violencia de Estado (ley antiterrorista, ley hinzpetter y base de entrenamiento militar en Con-Con)
- Generar acciones concretas durante la semana por parte de la mesa ejecutiva y cada zonal. Que en regiones las federaciones emplacen y presionen a sus parlamentarios para que rechacen dicha ley.
- Instalar el tema mediáticamente durante la marcha.

5. Petitorio de Privadas y Carta:
Las federaciones señalan que no pueden definir una postura en torno a esto, porque no se ha discutido en los plenos.
Desde las federaciones de privadas firmantes se solicita bajar estos documentos a las bases de cada pleno para ser discutido y tratado en el próximo CONFECH (no extraordinario). Se señala que es importante algunos elementos del petitorio en función de la respuesta a Beyer, como el detalle de las demandas de democratización que el petitorio de la CONFECH no incorpora, además se pide resolver cuanto antes la incorporación de una federación de las privadas en la mesa ejecutiva ya que se viene pidiendo desde principios de año.

lunes, 8 de octubre de 2012

Resumen Pleno FECh 05/10



Resumen Pleno FECH Viernes 5 de Octubre
Enviado por Camila Rojas al Pleno.

Tabla:

1. Postgrado
2. Movilizaciones
3. Reforma y Estatuto
4. TRICEL Elecciones
5. SECTRA
6. Convenios por desempeño



1) Postgrado
Exponen compañeros de postgrado de Filosofía y Humanidades: siendo alrededor del 50% de los estudiantes matriculados de la Universidad se hace urgente su incorporación a los procesos de decisión de la Federación.
Concejeros y CC.EE deberán informar a los postgrados, la necesidad de que discutan su incorporación y la forma de ésta a la toma de decisiones de la federación.

2)Movilizaciones
La respuesta de Beyer es insuficiente, ya que esta profundiza el modelo y no son cambios estructurales:
Necesidad de derogar el DFL-2 existiendo una norma que lo incentive
Reajuste de becas BEMES y BAES
Queda como discusión para los espacios, el decidir como se responderá al ejecutivo.
Desde el pleno se solicita que el horario de la convocatoria del día 11 se cambie de las 16:00 a las 18:00 hors. más adelante se mandará la convocatoria oficial.

3)Reforma Estatuto
Martín Castillo
Fernanda Poblete
Fernando Quintana
Pedro Méndez
Gonzalo Espinoza
Esteban Serey
Leo Jofré

En la reforma estatutaria se trataran los siguientes puntos:
-Central de prácticas
-Reajusta de porcentajes
-Revocabilidad de los Concejeros Fech según criterio del espacio
-Archivo Fech
-Cambio solicitado por FyH

4)TRICEL
Diego Corvalán
Fernando Quintana
Benjamin Infante
Gastón Gómez
Eduardo Salomón

5)SECTRA
Los compañeros de la Sectra exponen en el pleno refiriéndose a la renacionalización de los recursos naturales que es uno de sus ejes fundamentales. Durante la toma de casa central se tuvo la primera jornada con diversos actores, de la emano una declaración que será enviada al mail del pleno.
Se planean hacer un encuentro a mediados de noviembre y mandaran la invitación al mail del pleno para que se informe en los espacios,además se hace un llamado de difundir la secretará en las facultades e institutos y estarán informando cuando será su próxima reunión (tentativamente el 17 de noviembre).

6) Convenios de Desempeño
El Rector postulo a un convenio por desempeño – referente a educación- a pesar de que en diferentes instancias, incluido el consejo universitario se había estimado esto como inconveniente.
No se alcanza a discutir, por lo que la encargada de bienestar (Loreto Fernández) enviará un documento al pleno que posteriormente
será difundido.

lunes, 1 de octubre de 2012

Noticias sobre Ley de Pesca


Algunas informaciones básicas enviadas por Matías Flores (SECMA) al Pleno de Federación:


Este miércoles 3 de octubre se realizaría la votación para aprobar que se legisle la Ley de Pesca en la comisión del senado. Esto dentro de una ofensiva que ha sobre pasado los acuerdos internacionales de consulta a los pueblos originarios. (Más detalles en las noticias.

Con la Secma se ha estado participando de algunos espacios de encuentro con sectores de la pesca artesanal y ongs. Mañana habrá una reunión para ver las últimas novedades, por lo que les estaremos contando qué es lo que se viene a nivel de posiblesmovilizaciones y una jornada (foro) que se está planificando hacer Antumapu, en Recursos. 

Los invito a ver las noticias que detallan mejor la situación actual y un video que ojalá puedan difundir en el que se explica un poco el conflicto y el por qué a los estudiantes de la chile deben estar preocupados por este conflicto. Es resultado de un trabajo de unos compañeros de Sociales que participaron de una de las últimas marchas. 


Noticia Legislación Express

Noticia Reacciones desde los Pueblos originarios

Nuevo Plazo de Postulación para Becas de Cursos Superiores



Estimados y estimadas,

Difundimos información enviada por Bienestar Central en torno a un nuevo plazo de postulación para becas de la educación superior (no confundir con la renovación, ésta es para quienes no tienen las becas que se citarán más abajo):

"Junto con saludarles cordialmente, les informo sobre Nuevo proceso para alumnos de Curso Superior para postular a Beca Bicentenario y Beca Hijo de Profesor 2013. Las postulaciones se realizarán enwww.becasycreditos.clentre el 03 y el 17 de Octubre de 2012. En este periodo el alumno deberá completar y enviar el Formulario Único de Acreditación Socioeconómica (FUAS).

De igual forma, durante el mismo periodo deberán presentar los documentos de respaldo más copia de su FUAS en su Bienestar Estudiantil.

REQUISITOS:

· Ser chileno(a).

· Estar cursando alguna carrera regular dentro de alguna Universidad del Consejo de Rectores de Chile (CRUCH) acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre de 2012.

· Pertenecer al primer, segundo o tercer quintil socioeconómico.

· Haber obtenido 550 puntos PSU promedio (Lenguaje y Comunicaciones y Matemática) como puntaje con el cual fue seleccionado para ingresar a la carrera. En el caso de los alumnos que postulan a Beca Hijo de Profesionales de la Educación se les solicitará 500 puntos PSU y promedio de notas de Enseñanza Media igual o superior a 5,5.

· Cumplir con el avance académico establecido, el que para efecto de las becas exige haber aprobado, a lo menos, el 60 % de las asignaturas inscritas durante el primer año académico y, para los cursos superiores, deberá tener aprobado el 70% de las asignaturas inscritas del año anterior.

· Estar cursando la carrera dentro de los años de duración formal de ésta (declarado en la Oferta Académica de la Institución).

· No haber obtenido con anterioridad alguna beca de arancel del MINEDUC, durante la carrera que está cursando.

· No haber obtenido dos becas de arancel del MINEDUC, con anterioridad a la postulación de esta beca.

· Pierden prioridad los estudiantes titulados".

domingo, 23 de septiembre de 2012

Ley Hinzpeter: La ley como mecanismo de represión social.



Para nadie es un misterio que el pasado año estuvo marcado por las movilizaciones sociales que se levantaron desde diferentes sectores del país. Asimismo, no debiese sorprendernos que, ante dichas manifestaciones que marcaron la agenda pública, la respuesta del gobierno -y del Estado mismo- sea el de buscar, mediante la ley como herramienta “legítima” del orden social, reprimir y castigar a quienes alcen la voz crítica, todo esto en pos de la “calma”, la “institucionalidad” y “paz social”. El objetivo es uno solo: mermar la incidencia social y con ello el avance de un pueblo mismo, que en su justo y necesario despertar reivindicativo atenta contra los intereses de un puñado de individuos que detenta el poder económico, político y de los medios de comunicación en nuestro país. Por algo somos unos de los países con mayor desigualdad del mundo, y si así se ha mantenido es porque claramente se ha trabajado en ello.

            Entonces, cuando la movilización se acrecienta y las herramientas represivas del Estado no logran dar abasto o surtir el efecto deseado, la ley es un buen mecanismo para disipar ésta. Chile sabe de ello: amparándose en un concepto de excesos y el recurso constante de la violencia, nuestro país ha vivido claros períodos en donde se ha limitado y hasta suprimido el justo derecho a la protesta social, muchas veces sin más argumento que, lisa y llanamente, la defensa de los intereses del gobierno de turno.  De esta forma, por ejemplo, durante las primeras décadas del siglo XX Chile vivió las consecuencias de la llamada “Cuestión Social”, buscando transformar nuestro Estado hacia uno con atisbos incipientes de uno de Bienestar. No obstante esto, la respuesta estatal para lograr dicho propósito continuó bajo la senda de la represión: entre 1924 y 1938, bajo una serie de protestas, golpes de Estado y dictaduras, la mantención del “Orden Público” jugó un rol fundamental, generándose diversas leyes y decretos de ley que dieron nacimiento a la Ley de Seguridad Interior del Estado. Una de las más relevantes es el Decreto Ley N°50 de 1932, donde se expresa la necesidad de castigar a través del Código Penal (en adelante CP) las manifestaciones públicas contrarias al gobierno. ¿El porqué de ello? Básicamente porque, en virtud de su posición política, éstas respondía a “movimientos anarquistas” o a “terrorismo”, cuyo objetivo era destruir las instituciones básicas la sociedad como la familia o la propiedad. En el año 1937, las anteriores disposiciones se fusionan en el primer texto de la Ley de Seguridad Interior del Estado. En 1948, además, se proscribe al Partido Comunista en el mismo cuerpo legal, anulándose ello el año 1958 junto a una serie de decretos que dio origen a la actual Ley de Seguridad Interior del Estado.
           
            Así, la Ley de Fortalecimiento del Orden Público, en adelante “Ley Hinzpeter”[1], refiere a una viva expresión de lo referido: hay una respuesta gubernamental fundada en el temor que provoca la violencia publicitada por los medios que busca reflejar, a pretexto del “Orden Público”, la necesidad de evitar que ésta vuelva a surgir en las manifestaciones sociales. Existe, así, una supuesta defensa para cada los ciudadanos de nuestro país. Olvidan, eso sí, que dicha violencia es una consecuencia propia de un sistema desigual e injusto que, día a día, expresa sus implicancias en el diario vivir de las personas, reemplazando la comunidad por el individualismo, la competencia por la cooperación; enarbolando el consumismo como motor de vida. Ello es, en sí, violento. De esta forma, y mediante la exageración de la violencia del manifestante, el gobierno busca justificar legalmente la represión a nuestros derechos.

            En lo concreto, la ley propone:

1. Que cometer o resistir con violencia, emplear fuerza o intimidación (art. 261 CP) contra fuerzas especiales y gendarmería sea considerado atentar contra la autoridad. Se crea así una diferencia elemental: fuerzas especiales tiene un estatus distinto al manifestante en cada marcha.

2. Actualmente la ley señala que como pena para el delito anterior podía decidirse entre reclusión menor en su grado medio (540 días a 3 años) o multa de 11 a 15 UTM. Ahora, sólo podrían establecerse delitos que conlleven restricción de libertad.

3. Por modificación al art. 269 del CP se castiga con pena que va entre 61 días a 3 años[2] a quienes participen en desórdenes o cualquier otro acto de fuerza o violencia, a través de:

a) Paralizar o interrumpir, valiéndose de fuerza en las cosas o, de violencia o intimidación en las personas[3], algún servicio público. Como ejemplo, la paralización del Transantiago con alguna de las características enunciadas.

b) Invadir, ejerciendo violencia o intimidación en las personas, y sin contar con el consentimiento de los dueños, diversos bienes inmuebles, sean privados, fiscales o municipales.  Es decir, la toma de una universidad o colegio, mecanismo de presión regular de los estudiantes, podría ser considerado delito, llevando aparejado una pena de hasta 3 años de cárcel.

c) Impedir o alterar, ejerciendo violencia o intimidación en las personas, la libre circulación por puentes, calles, caminos u otros bienes de uso público semejantes, resistiendo el actuar de la autoridad. Por ejemplo, una barricada o corte de calle, medidas utilizadas en Aysén, Magallanes y Freirina, podría considerarse fácilmente dentro de este punto.

4. La pena en cuestión se establecerá sin importar si corresponde aplicar otra a los responsables de dichos delitos que se pretenden tipificar. Acá se infringe abiertamente el principio penal, consagrado en nuestra Constitución y en diversos Tratados Internacionales de Derechos Humanos, de “non bis in idem” (latín: “no dos veces por lo mismo”). Éste implica que no se puede sancionar penalmente más de una vez por un mismo hecho. De esta forma, una persona podría ser procesada y castigada por el delito de saqueo que pretende establecer esta ley y a su vez por el delito de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado o no habitado (arts. 440 a 445 del CP) por un mismo hecho.

5. No se castigará sólo a quien realice la acción que comparta el delito, sino también a quienes participen, inciten o fomenten dichos desórdenes. La pena asignada será la misma referida, es decir, de 61 días a 3 años. Ahora la pregunta es: ¿Quiénes promueven? ¿Los convocantes, por ejemplo? ¿Qué se entiende por fomentar? ¿Quienes estén al momento de la ocurrencia de alguno de estos actos se consideran dentro de la participación? ¿Quién difunde una manifestación de forma “incendiaria” por facebook, también? Probablemente sí. Con esto se genera un incentivo perverso para el gobierno de turno: estimular la violencia en las manifestaciones para luego castigar a las organizaciones que las promovieron por medio de sus representantes.

6. Al actuar quien ejecuta el acto con capucha o algo que no permita “identificar el rostro”, se forzará a castigarlo con el máximo de pena correspondiente acorde al delito que refiera esta ley. Ahora bien, en las manifestaciones son usuales los pañuelos o símiles que se utilizan para disminuir el efecto de los gases lacrimógenos. La utilización de estos podría considerarse fácilmente como una forma de “evitar que se identifique al autor”, asignándole, si la pena corresponde, 3 años de cárcel. Dejando un gran margen para la arbitrariedad, la medida nos retrae a lo que en Derecho Penal se le denomina “derecho penal de autor”, modelo propio de regímenes autoritarios como el de la Alemania nazi. De esta manera se busca castigar no el acto en sí, sino características personales del actor.

            Volvamos entonces a lo anterior: la ley se transforma en un mecanismo eficaz para evitar la manifestación social en tanto afecta directamente a una serie de mecanismos de presión utilizados históricamente en nuestro país en el contexto de protesta. Pero no sólo eso, sino que dicha ley, la cual ha sido criticada por diferentes organismos internacionales como la ONU[4], cumple una función disuasiva esencial: no basta sólo con el temor que infunde la penalidad asignada, sino que implica un grado alto de arbitrariedad para carabineros y fuerzas especiales en la propia manifestación al momento de una eventual detención que genera, por supuesto, temor. Debido a lo indeterminado o el campo abierta que deja muchos de sus conceptos, puede ser recurrente que sin “violencia o intimidación”, por ejemplo, se lleve detenidos a quienes realicen un acto cultural que altere el tránsito en una plaza. Al fin y al cabo, quienes determinan si se cumplen los requisitos de los delitos que señala la norma serán los mismos agentes policiales. Así, no es sólo la pena ni la determinación del delito las herramientas de represión, sino las mismas potestades que se le otorgan al Ministerio Público a través de la carabineros y fuerzas especiales. Asustar e intimidar se transforma en un mecanismo eficaz para reprimir la protesta.

            Por último, cabe destacar algo elemental y básico: si no podemos manifestarnos en pos de nuestros derechos, simplemente estos se vuelven invisibles, desaparecen, se manifiestan a nivel discursivo en nuestra Constitución. Si no podemos exigirlos, nuevamente se verán desplazados. Si están siendo violados, no podríamos reclamar en un contexto que no les sea propicio a los intereses de los mismos que promueven esta ley. Si no podemos manifestarnos simplemente se acalla nuestra voz, y con ello, triunfando, logran aplacar al mismo pueblo. Vale la pena reivindicar el derecho a la protesta, y con él el alzamiento real de gran parte de nuestros derechos que hoy se transforman fácilmente en sólo letra muerta.
  
                                                                           
        Para más información:

- Prezi Informativo que aborda los puntos de la ley: AQUÍ.
- Taller Itinerante para realizar en diferentes espacios, contactar al mail noalaleyhinzpeter@gmail.com.
- Para estar actualizados, página “No a la Ley Hinzpeter” en facebook.



Leonardo Jofré R.
Concejero FECH.
Militante Actuar Colectivo.
Estudiante de IV año de Derecho, U. de Chile.



[1] Para seguir la tramitación del proyecto en la Cámara de Diputados, puede revisarse AQUÍ.
[2] Antes de la modificación realizada al proyecto original por la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas de la Cámara de Diputados, la pena considerada para este delito correspondía a presidio menor en su grado medio, es decir, de 541 días a 3 años.
[3] Modificación (paréntesis) ingresado con el informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas al 28/08 del presente año.
[4] “ONU cuestiona “Ley Hinzpeter””AQUÍ.

martes, 11 de septiembre de 2012

Postulación Online Premio Azul 2012



SE INICIA XIV CONCURSO PREMIO AZUL A LA CREATIVIDAD ESTUDIANTIL 2012

"La Dirección de Bienestar Estudiantil informa que se ha abierto la Convocatoria al XIV Concurso de Proyectos Premio Azul a la Creatividad Estudiantil 2012. Este año la convocatoria considera la postulación en línea de los proyectos o iniciativas que nuestros estudiantes consideren postular.

Por lo anterior informamos que puedes ingresar a nuestra plataforma www.premioazul.uchile.cl, allí encontraras los documentos que permitan tu adecuada e informada presentación en línea.

Además puedes realizar tu postulación de forma tradicional y en papel, en dicha plataforma también podrás encontrar los documentos y antecedentes para realizar tu postulación de esta forma. Recuerda que esta modalidad obliga al equipo de trabajo entregar tres copias en papel y una en CD del formulario de postulación y todos los documentos adjuntos".

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